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LEYES DE PUNTO FINAL



Diversos países han sufrido períodos de convulsiones sociales o de opresión dictatorial durante los que se producen graves violaciones de los derechos humanos.

Restablecida la situación normal, se plantea cómo proceder con los autores de crímenes generalizados en tales situaciones excepcionales.

El castigo ordinario de los culpables es en ocasiones imposible, por el gran número de responsables o porque se dejaría al país sin posibilidades de recuperación; en otras ocasiones, los criminales gozan de un cierto apoyo social o entre las fuerzas armadas, o su castigo podría producir nuevas rebeliones o el resurgimiento de movimientos terroristas.

Además, en otras ocasiones, el castigo podría impedir la reconciliación entre las diversas facciones de un previo conflicto civil, y el perdón podría servir para negociar el fin de movimientos terroristas.

Para tales casos se dictan la llamadas "leyes de punto final", que suponen una amnistía total o parcial (por ejemplo, perdón a los que no hayan cometido "delitos de sangre"), condicionada o no, a los autores de los delitos referidos, o prevén sanciones distintas a las ordinarias para los delitos cometidos.

Ejemplo de las anteriores, la legislación de desnazificación alemana tras la II Guerra Mundial, la "Ley de Punto Final" chilena aprobada para regular la situación posterior a la dictadura de Pinochet y las "desapariciones" (secuestros, asesinatos, rapto de menores, etc) de aquella época, la Ley de Amnistía española tras la muerte del dictador Franco, o la Ley sudafricana dictada tras el fin del apartheid, que exige la previa confesión de los crímenes en comisiones de reconciliación nacional como requisito para el perdón, o la legislación británica relativa al proceso de paz con el IRA.

En este tipo de leyes, si bien sufre la justicia en el sentido propio, importantes consideraciones de utilidad general aconsejan renunciar a la potestad sancionadora del Estado o moderarla.


La legitimidad y eficacia de estas leyes es sin embargo discutible cuando son los mismos criminales quienes estando aún en el poder las dictan, con el fin de procurarse la impunidad tras la cesión o pérdida del poder (caso chileno), lo cual ha dado lugar a alguna declaración de nulidad de tales leyes.

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